Publicado borrador orden ministerial que regula plataforma publica de factura electrónica obligatoria B2B.

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El nuevo proyecto normativo de la Agencia Tributaria define el funcionamiento técnico de la solución pública de facturación electrónica y marca un antes y un después para fabricantes de software y empresas. Hoy tenemos ya publicado el borrador que entrará en vigor posiblemente el 1 de octubre, fecha en la que comenzará la cuenta atrás de 1 o 2 años según se supere o no una facturación de 8 millones de euros.

Contexto normativo: del mandato legal a la concreción técnica

La reciente publicación del proyecto de Orden ministerial que desarrolla la solución pública de facturación electrónica supone un paso decisivo en la implantación efectiva de la Ley 18/2022, de creación y crecimiento de empresas. Este desarrollo se realiza en ejecución directa del Real Decreto 238/2026, que regula el sistema de facturación electrónica obligatoria entre empresarios y profesionales.

Tal y como se recoge en el propio texto normativo, el objetivo principal de esta orden es definir los elementos técnicos, funcionales y operativos de la solución pública gestionada por la Agencia Tributaria, incluyendo los servicios de emisión, interconexión, comunicación de pagos y recuperación de facturas .

Esto implica que ya no estamos ante una obligación genérica, sino ante un marco técnico concreto que deberán implementar tanto empresas como fabricantes de software.

Un modelo híbrido: solución pública y plataformas privadas

Uno de los aspectos más relevantes que confirma el proyecto es la coexistencia de dos modelos:

Por un lado, la solución pública de facturación electrónica, que actuará como plataforma gratuita gestionada por la Agencia Tributaria y como repositorio universal de facturas.

Por otro lado, las plataformas privadas de facturación electrónica, que seguirán siendo plenamente válidas, pero con obligaciones adicionales de interoperabilidad y comunicación con la solución pública.

En este sentido, el marco normativo es claro:
todas las facturas deberán terminar, directa o indirectamente, en la solución pública, bien porque se emitan desde ella o porque se remita una copia fiel en formato estructurado (UBL) de forma simultánea a su emisión .

Esto convierte a la solución pública en un nodo central obligatorio del sistema, independientemente del modelo tecnológico elegido.

La estandarización técnica: UBL y modelo semántico EN 16931

El nuevo desarrollo normativo establece de forma expresa el uso de estándares internacionales como base del sistema:

  • Sintaxis UBL (Universal Business Language)
  • Modelo semántico europeo EN 16931

Los anexos técnicos publicados detallan de forma exhaustiva los campos obligatorios, su estructura, cardinalidad y significado, lo que supone una estandarización completa del dato factura.

Por ejemplo, se definen como obligatorios elementos como:

  • Número y serie de factura
  • Fecha de expedición
  • Identificación fiscal del emisor y receptor
  • Condiciones de pago y fechas de vencimiento
  • Información de rectificación en caso de facturas modificadas

Este nivel de detalle técnico implica que ya no basta con “generar un PDF” o una estructura básica, sino que el software debe cumplir un modelo de datos estructurado, interoperable y validable.

La gran novedad: trazabilidad de los estados de la factura

Uno de los cambios más relevantes desde el punto de vista jurídico y de negocio es la obligación de informar sobre los estados de la factura:

  • Pago
  • Rechazo
  • Cobro
  • Impago

El sistema obliga al destinatario de la factura a comunicar estos estados a la solución pública, con estructuras técnicas específicas basadas también en UBL .

Esto tiene implicaciones directas:

  • Control efectivo de la morosidad
  • Trazabilidad completa del ciclo de vida de la factura
  • Disponibilidad de información en tiempo real para la Administración

Desde un punto de vista legal, esto transforma la factura en un elemento dinámico, auditable y con valor probatorio reforzado.

Codificación única y control de la información

Otro elemento crítico es la introducción de un sistema de codificación única de cada factura, basado en la concatenación de:

  • NIF del emisor
  • Número y serie
  • Fecha de expedición

Este identificador único permite garantizar:

  • Integridad de la información
  • Eliminación de duplicidades
  • Trazabilidad completa en todo el sistema

Además, la normativa establece reglas estrictas como:

  • Prohibición de anexos no estructurados
  • Validaciones automáticas por parte de la Administración
  • Rechazo de facturas que no cumplan el modelo

Esto eleva significativamente el nivel de exigencia técnica para los sistemas de facturación.

Interoperabilidad obligatoria y gratuita

El marco legal impone un principio clave:
la interoperabilidad entre plataformas privadas debe ser obligatoria y gratuita.

Esto implica que los fabricantes de software no podrán crear ecosistemas cerrados, y deberán permitir el intercambio de facturas con cualquier otro operador del sistema.

Desde el punto de vista competitivo, esto cambia radicalmente el mercado:

  • Se reduce la dependencia tecnológica del cliente
  • Se incrementa la competencia entre proveedores
  • Se premia la capacidad de aportar valor añadido más allá del mero intercambio de facturas

Impacto real para empresas y fabricantes de software

Este desarrollo normativo no es solo técnico, es profundamente estratégico.

Para las empresas usuarias, implica:

  • Obligación de adoptar factura electrónica estructurada
  • Necesidad de gestionar estados de facturación
  • Mayor control fiscal y trazabilidad

Para los fabricantes de software, el impacto es aún mayor:

  • Adaptación obligatoria a UBL y EN 16931
  • Desarrollo de integraciones con la solución pública
  • Implementación de lógica de estados de factura
  • Cumplimiento simultáneo de Ley Antifraude (art. 29.2.j LGT)

Y aquí es donde muchas soluciones van a fallar, porque cumplir la Ley Crea y Crece sin cumplir la Ley Antifraude es, en la práctica, imposible desde un punto de vista legal y técnico.

La oportunidad estratégica: plataforma pública vs plataforma privada

Aunque la solución pública garantiza el cumplimiento mínimo, las plataformas privadas representan una oportunidad competitiva enorme para los fabricantes que quieran diferenciarse.

Permiten, entre otros aspectos:

  • Automatización avanzada de cobros
  • Integración con ERP y CRM
  • Analítica de pagos y morosidad
  • Servicios financieros asociados
  • Experiencia de usuario superior

No desarrollar capacidades propias en este ámbito puede suponer una pérdida directa de competitividad frente a otros fabricantes que sí lo hagan.

Cómo ayudamos desde leycreaycrece.com

En este nuevo escenario, el cumplimiento no es trivial. Es un proyecto técnico, legal y estratégico.

Desde www.leycreaycrece.com ayudamos a fabricantes de software y empresas a cumplir tanto la Ley Crea y Crece como la www.leyantifraude.com, requisito primario para esta nueva ley, abordando el problema de forma integral:

  • Auditoría completa del software con enfoque legal y técnico
  • Adaptación a UBL, EN 16931 y requisitos de la AEAT
  • Diseño de arquitectura compatible con solución pública y privada
  • Implementación de controles de integridad, trazabilidad e inalterabilidad
  • Certificación privada basada en más de 300 controles

Nuestro enfoque no es solo cumplir, sino proteger a la empresa ante riesgos legales, sanciones y posibles conflictos con clientes o la Administración.

Conclusión: el cumplimiento ya no es opcional, es estructural

La publicación de este proyecto normativo marca el inicio de la fase real de implantación de la factura electrónica obligatoria en España.

Ya no estamos ante un cambio futuro, sino ante una transformación estructural del sistema de facturación, donde:

  • El dato es estructurado
  • La trazabilidad es obligatoria
  • La interoperabilidad es exigida
  • Y el control por parte de la Administración es total

Las empresas que entiendan este cambio como una oportunidad estratégica estarán en posición de ventaja. Las que no, asumirán riesgos operativos, legales y competitivos muy elevados.

Contacta con nosotros en este formulario y le ayudaremos a su cumplimiento.

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